El gobierno aprueba la ampliación de los ERTE hasta finales de enero de 2021
En el día de ayer se publicó en el BOE  la información relativa a ampliación de los ERTES de Fuerza Mayor ,ya vigentes, y la puesta en marcha de los nuevos conceptos de ERTE que  se denominan ERTES por impedimento y por limitación, según el RD-Ley 30/2020, de 29 de septiembre.

El resumen de publicación sería el siguiente:

-Hay tres tipos de ERTE:

Los Ertes de Fuerza Mayor que se corresponden con los basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, se prorrogarán hasta el 31 de enero.

Las nuevas modalidades de ERTE se denominarán ERTE por rebrote y ERTE por limitación de actividades en todos los sectores  y en ambos casos se les libera o exonera de ciertas cuotas.

-Se establece un régimen específico para las cotizaciones a la Seguridad Social de aquellas empresas pertenecientes a un sector con una tasa elevada de ERTES y lenta progresión de su actividad.

-Las ayudas para las empresas dependerá del tipo de ERTE y del tamaño de la empresa. 

-Los trabajadores fijos discontínuos podrán optar a percibir una prestación extraordinaria. 

-Se mantiene el porcentaje de la base reguladora en la prestación por desempleo asociada a los ERTES a partir de los 6 meses de prestación.

-Se establece una protección del empleo durante 6 meses asi como la limitación en el planteamiento de horas extra a la plantilla.

Así de sencillo. Así es en Bujaldon.

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