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El gobierno aprueba la ampliación de los ERTE hasta finales de enero de 2021
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En el día de ayer se publicó en el
BOE la información relativa a ampliación de los ERTES de Fuerza Mayor ,ya vigentes, y la puesta en marcha de los nuevos conceptos de ERTE que se denominan ERTES por impedimento y por limitación, según el RD-Ley 30/2020, de 29 de septiembre.
El resumen de publicación sería el siguiente:
-Hay tres tipos de ERTE:
Los
Ertes de Fuerza Mayor que se corresponden con los basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, se prorrogarán hasta el 31 de enero.
Las nuevas modalidades de ERTE se denominarán
ERTE por rebrote y ERTE por limitación de actividades en todos los sectores y en ambos casos se les libera o exonera de ciertas cuotas.
-Se establece un régimen específico para las cotizaciones a la Seguridad Social de aquellas empresas pertenecientes a un sector con una tasa elevada de ERTES y lenta progresión de su actividad.
-Las ayudas para las empresas dependerá del tipo de ERTE y del tamaño de la empresa.
-Los trabajadores fijos discontínuos podrán optar a percibir una prestación extraordinaria.
-Se mantiene el porcentaje de la base reguladora en la prestación por desempleo asociada a los ERTES a partir de los 6 meses de prestación.
-Se establece una protección del empleo durante 6 meses asi como la limitación en el planteamiento de horas extra a la plantilla.
Así de sencillo. Así es en
Bujaldon.
Publicaciones anteriores:
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